Editor MusicayNoticias.cl

Ramitas más, ramitas menos...

Pablo_Palma.jpg Por Pablo Andrés Palma V. , Perito en Silvicultura Urbana y Diplomado Economía Social Ecológica de Mercado.
Ingeniero Forestal(c) UCT Técnico Universitario Forestal UCT.


Hace 3 años, una tarde paseando a mi perro “Gaspar”, observando mi calle, me di cuenta la cantidad de árboles que estaban en muy mal estado, y  las mutilaciones hechas por las famosas “Podas Municipales”, las cuales causan verdaderos estragos en nuestros barrios. Esa tarde después de un «Brainstorm» (tormenta de ideas), comencé a investigar respecto al tema de árboles y bosques urbanos, y desde ese día junto a mi colega comenzamos a desarrollar un ante proyecto para nuestra comuna, lo enviamos al Sr. Alcalde y respondió ya que el tema le era muy importante.

Descubrimos que a nivel internacional hace más de 50 años existe esta rama de la silvicultura llamada Silv. Urbana y que hay ciertas normas, las cuales tienen sus mínimas de desarrollo en cada comuna; a nivel internacional hay mucha claridad al respecto y la Organización Mundial de la Salud comenzó a publicar la recomendación que en cada ciudad se necesita un mínimo de áreas verdes m2/ habitante.; se habla de 9 m2 / habitante. Hoy en día la realidad de las comunas en chile, deja mucho que desear, ventaja para los forestales que buscamos focos de desarrollo profesional y además lo digo en cuanto a mejorar la calidad de vida como ciudadano con Voz y Voto.  

Estudiando, consultando, e investigando encontramos muchas cosas; por ejemplo CONAF no tiene jurisprudencia legal dentro del perímetro urbano.  Todo y cada una de las cosas respecto a los árboles, bosques y parques urbanos son de única responsabilidad de los municipios (Forestación, Cuidados, y Manejo). Y las empresas (Constructoras, Sanitarias, Telecomunicaciones y eléctricas), están sujetas a los municipios respecto a  normativas y modificaciones de proyectos que tocan a los árboles urbanos.

Si CONAF no tiene jurisprudencia en el área urbana, qué ocurre con especies protegidas como  Araucaria, Alerce y  Palma Chilena, especies que están protegidas porque han sido declaradas Monumentos Naturales para todo el territorio nacional. ¿Qué ocurre en el caso de ser podadas, cortadas oh trasladadas de lugar ante un proyecto civil, urbano? Respuesta los municipios deben elevar una solicitud a CONAF Central, y el Director ejecutivo nacional CONAF, puede autorizar dichas faenas, si realmente se justifican; de no hacer este trámite, cualquier obra civil no es legal.

Otro dato. En el año pasado, el congreso mundial forestal 2009 en Argentina se tocó el tema urbano, y quienes asistieron se dieron cuenta que la realidad Chilena deja bastante que desear, y se está cambiando el concepto de metro cuadrado de área verde por habitante, al de Cobertura arbórea por habitante, y la OMS. A partir del 2010, pone como mínimo 10 m2 de cobertura arbórea por habitante, como dato Alemania, Francia, España, EEUU, Canadá tienen como mínimo 20 m2 de cobertura arbórea / Hab. Liderando el tema Alemania, tienen algunas ciudades 45 m2. /hab. En Chile sólo la comuna de Vitacura casi cumple la normativa, tiene 9,7 m2 /habitante.


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