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Condenan a dueño de funeraria por falsificación de certificados de defunción

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En un reciente juicio abreviado, Fernando Humberto Morales Luna, propietario de la Funeraria San Javier, ubicada en la comuna homónima, ha sido condenado a más de cuatro años de prisión por el delito de falsificación de instrumento público, sumado a infracciones graves al Código Sanitario. La sentencia impuesta destaca la responsabilidad penal por emitir certificados de defunción fraudulentos con el fin de atraer más clientes a su negocio.

La investigación, liderada por el Ministerio Público y ejecutada con apoyo de la Policía de Investigaciones (PDI), reveló que Morales Luna explotó ilícitamente talonarios de certificados médicos, utilizando la identidad y firma de su hija, médico de profesión, sin su consentimiento. Este proceder no solo constituye una falsificación documental, sino que también representa un peligro inminente para la salud pública, al obviar los procedimientos legales y médicos necesarios para la inscripción de defunciones y la realización de sepelios.

El Fiscal Jefe de San Javier, Patricio Caroca, explicó que la condena es resultado de una exhaustiva investigación que permitió demostrar la falsificación de más de 50 certificados de defunción durante los años 2021 y 2022. Entre las falsificaciones se incluyen causas de muerte alteradas, incluso en casos de fallecimientos por COVID-19, lo que agrava la infracción a las normas sanitarias establecidas para la pandemia.

El inspector Eliezer Salazar, de la Brigada de Investigación Criminal (BICRIM) de San Javier, enfatizó la coordinación con la Fiscalía Local que llevó a la detención de Morales Luna. Durante el allanamiento a la funeraria, se incautaron evidencias clave para la causa.

La condena dictada contra Morales Luna incluye 3 años y un día de prisión por falsificación de instrumento público, además de 541 días por violar el artículo 318 del Código Penal, relativo a la infracción de las normas sanitarias. El tribunal ha dispuesto que Morales Luna podrá cumplir la pena bajo el régimen de libertad vigilada y, adicionalmente, deberá pagar una multa de 25 Unidades Tributarias Mensuales, equivalente a más de un millón y medio de pesos chilenos.

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