Durante el mes de abril de este 2023, salió a la luz pública dos denuncias de acoso sexual y laboral, interpuestas contra funcionarios de gobierno, por dos trabajadoras de La Moneda, que fueron desvinculadas en diciembre del 2022.
Posteriormente a finales del mes de mayo, se conoció el caso de una denuncia formal de acoso sexual presentada por una funcionaria ante el Ministerio del Trabajo, contra el ahora exsubsecretario de Previsión Social Christian Larraín, quien renuncio a su cargo tras conocerse el caso.
Por lo anterior el Diputado por la Región del Maule, Hugo Rey Martínez, informo través de Facebook, que, con el objetivo de indagar posibles casos de abuso sexual y laboral en el Gobierno y las municipalidades de la región del Maule, ha iniciado una exhaustiva investigación en la que ya ha solicitado a las Ministra de la Mujer y la Equidad de Género y a los alcaldes de la región, un informe de eventuales casos al interior de los municipios del Maule.
En un video publicado en la red social, el Diputado expreso, “Destaco la rápida respuesta de la municipalidad de Parral y Empedrado”, agregado que “es crucial que todos los municipios respondan lo mas pronto posible a la información solicitada, para iniciar las denuncias penales y llevara a cabo las investigaciones internas”, dijo el parlamentario.
Hugo Rey, indico que a las posibles víctimas que arroje esta indagatoria, le entregaran apoyo psicológico y legal “Queremos que se sientan respaldadas y cuenten con las herramientas necesarias para superar estas situaciones”.
Finalmente, el Legislador dijo que “esta investigación tiene como objetivo garantizar la seguridad y bienestar de las mujeres en el ámbito gubernamental y municipal, para lograrlo necesitamos la colaboración de todas las entidades involucradas”.
¿Cuándo se estima que se produce un acoso sexual?
Se produce acoso sexual cuando un trabajador o empleador, realiza de manera indebida y por cualquier medio, solicitudes o requerimientos de carácter sexual no consentidas o aceptadas por la persona afectada (víctima) y generan un ambiente ofensivo en el trabajo, que amenaza o perjudica su situación laboral y oportunidades de empleo. Se puede entender por conductas de acoso sexual los siguientes ejemplos: – Acercamientos o contactos físicos no consentidos. – Propuestas verbales de carácter sexual. – Regalos con connotaciones románticas o físicas no aceptados. – Correos electrónicos o cartas personales con requerimientos sexuales, etc.
La Dirección de Trabajo ha publicado el procedimiento que deben realizar las personas que se sientan afectadas.
“La víctima de acoso sexual debe hacer llegar su reclamo por escrito a la dirección de la empresa, establecimiento o servicio en que trabaja o a la respectiva Inspección del Trabajo. El empleador puede optar entre hacer directamente una investigación interna o, dentro de los 5 días siguientes a la recepción de la denuncia, derivarla a la Inspección del Trabajo, la que tiene 30 días para efectuar la investigación. La investigación interna efectuada por el empleador debe realizarse en un plazo de 30 días. Una vez concluida la investigación, los resultados deben enviarse a la Inspección del Trabajo. Si la denuncia es hecha por el afectado – hombre o mujer – o derivada por el empleador a la Inspección del Trabajo, ésta efectuará una investigación en los mismos términos descritos anteriormente. Finalizada la investigación la Inspección del Trabajo le comunica los resultados al empleador y de haber comprobado la existencia del acoso sexual le sugerirá adoptar medidas concretas.” indica la D.T.