Como cada año al cierre del calendario, los Bancos de nuestro pais, desarrollan su feriado Bancario, la cual no atenderan publico , solamente los trabajadores realizaran trabajos administrativos, de acuerdo al Artículo 38 de la Ley General de Bancos, el 31 de diciembre de cada año los bancos no atienden público debido a que es un feriado bancario.
Aunque la ley no explica el objetivo de dicho feriado, los antiguos funcionarios bancarios chilenos contaban que durante ese día se hacían los cierres destinados a los balances generales y se realizaba la contabilidad general del año.
Adicionalmente es importante tener en cuenta que como la ley faculta al Superintendente a destinar como feriado el día 31 de diciembre, cuando éste cae en un día hábil (lunes a viernes), dicho día los bancos no atienden público. No obstante, cuando el día cae en sábado o domingo, dicho feriado se mantiene en el día correspondiente (31 de diciembre) y no se traslada a viernes o lunes.