Si bien, la atención de usuarios en Hospital San Fernando depende de cada servicio o unidad (a excepción del Servicio de Urgencias donde impera la condición de gravedad del paciente para su ingreso), todos tienen como prioridad realizar atención preferencial a personas con movilidad reducida, embarazadas y/o adultos mayores, según estipulan las leyes N°21.168 y 21.380 (de cuidadoras y cuidadores).
¿En qué consiste esto? Fernanda Rodríguez, trabajadora social de oficina OIRS, lo describe de la siguiente forma: “Con la finalidad de optimizar la oportunidad y calidad de la atención en salud, en diciembre de 2019 se publicó la ley Nº 21.168 que modifica la Ley N° 20.584 a fin de crear el derecho de atención preferente y oportuna a adultos mayores de 60 años y personas con discapacidad en acciones de salud. Asimismo, se suma la Ley N°21.380, la que tiene por objeto incorporar a cuidadoras y cuidadores de otras personas como titulares del derecho a ser atendidas preferente y oportunamente por cualquier prestador de acciones de salud”.
Frente a este contexto, Hospital San Fernando ha implementado diversas acciones a fin de dar respuesta a las directrices emanadas por dichas leyes, por tanto, es importante señalar que los usuarios y/o pacientes deben contar con documento que acredite dicha condición.
En el caso de las cuidadoras y cuidadores, existen los siguientes mecanismos de validación:
En los casos en que la persona no participe de ninguno de los supuestos señalados anteriormente, podrá acreditar su condición de cuidador o cuidadora presentando una declaración jurada simple respecto de su rol y copia simple del medio de acreditación de la calidad de persona mayor o persona con discapacidad, señalado en el inciso segundo y tercero precedente, de quien se encuentra a su cuidado.
Acciones desarrolladas por Hospital San Fernando
Es importante señalar que la unidad de Laboratorio Clínico implementó en 2022 un sistema de atención digitalizado para la toma de muestras, donde se privilegia la atención preferente; similar a lo ejecutado por la unidad de Farmacia a comienzos de este año con la ejecución del sistema digital “Saltala”, con su respectivo tótem de atención que recepciona y ordena la entrega de medicamentos a pacientes de atención general y Ley Preferente.
Por otra parte, tanto en Farmacia como en SOME se cuenta con demarcación en las ventanillas habilitadas que otorgan atenciónpreferencial, facilitando su paso rápido y oportuno por dichasdependencias.
“Nuestro establecimiento cuenta con la misión de resguardar el cumplimiento efectivo de la ley preferente y ley de cuidadores y cuidadoras; y adecuarse a los distintos escenarios que puedan presentarse durante el transcurso del tiempo, con la finalidad de colaborar activamente frente a los nuevos desafíos que se presenten en atenciones de salud”, finalizó la trabajadora social Fernanda Rodríguez.