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Este viernes se realiza la última devolución de impuestos de la Operación Renta 2025

Este viernes 30 de mayo se concreta la cuarta y última devolución de impuestos del proceso de Operación Renta 2025, correspondiente a las declaraciones realizadas entre el 29 de abril y el 9 de mayo. Así lo confirmó el Servicio de Impuestos Internos (SII), en el marco del calendario oficial de devoluciones.

Esta etapa está dirigida a quienes realizaron su declaración en el último tramo del proceso o bien optaron por recibir su devolución mediante cheque, independientemente de la fecha en que hayan declarado.

En el caso de los pagos por cheque, si el monto a devolver supera los $3 millones, el documento será enviado directamente al domicilio del contribuyente. Si es inferior a ese monto, el cheque quedará disponible para ser retirado presencialmente en las sucursales de BancoEstado.

Para conocer si corresponde recibir esta devolución, los contribuyentes pueden consultar el estado de su declaración en el sitio web del SII (www.sii.cl), accediendo con su Clave Tributaria o ClaveÚnica y seleccionando la opción “Consultar Estado de Declaración” en la sección de “Declaración de Renta”, correspondiente al año tributario 2025.

Retenciones por deudas pendientes

El SII recuerda que, aun cuando una declaración haya sido aceptada, la devolución puede ser retenida total o parcialmente en caso de deudas impagas. Estas incluyen pensiones de alimentos, créditos universitarios (CAE o Fondo Solidario), subsidios al empleo (SENCE), órdenes judiciales, deudas previsionales, multas del sistema de transporte RED o compromisos con instituciones de salud, entre otros.

Devoluciones asociadas al Préstamo Solidario

En esta etapa, también se contempla la regularización de los Préstamos Solidarios solicitados durante la pandemia. Se espera recibir cerca de 690 mil declaraciones vinculadas a este beneficio, correspondientes al pago de la cuarta cuota (para quienes lo solicitaron en 2020) y la tercera cuota (para los que lo hicieron en 2021), equivalentes al 30% del monto solicitado, con un tope del 5% de los ingresos anuales del beneficiario.

En el caso de quienes solicitaron el beneficio en 2020, este año corresponde el último pago del préstamo. Desde el 1 de enero de 2025 ya no se aplicará la retención del 3% establecida por ley.

Quienes hayan registrado excedentes producto de estas retenciones mensuales o por prepagos, pueden solicitar su devolución presentando su declaración dentro del plazo establecido.

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