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Principales conductas que serán consideradas como acoso laboral en Chile

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El próximo 1 de agosto entrará en vigencia en Chile la nueva Ley de Acoso Laboral, conocida como Ley Karin. Esta normativa revolucionará el tratamiento del acoso en los espacios de trabajo, penalizando hasta 18 conductas específicas que hasta ahora quedaban en una zona gris.

La ley surge en respuesta a una necesidad urgente de combatir el acoso laboral en todas sus formas, como lo evidencia un estudio de Vertical Hunter realizado en 2023, que reveló que un 70,1% de los chilenos ha sufrido acoso laboral en algún momento. Entre las conductas más comunes se encuentran el maltrato verbal, el desprestigio frente a compañeros, y la crítica destructiva.

Con la Ley Karin, no será necesario que los actos de hostigamiento o agresión se repitan para ser considerados delito; una única instancia será suficiente para que el afectado pueda presentar una denuncia. Esta modificación busca facilitar la protección efectiva de los trabajadores y asegurar un ambiente laboral más seguro y respetuoso.

Además, la ley introduce el concepto de violencia laboral, amplía la protección a trabajadores frente a terceros y establece un protocolo claro para la identificación de riesgos y la prevención del acoso y la violencia en el trabajo. También se perfeccionan los procedimientos de investigación y sanción de estas conductas.

Principales conductas que serán consideradas acoso laboral bajo la nueva ley:

  • Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Burlarse de la vida privada de un trabajador.

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