POLICIAL

Tribunal Electoral Regional de O’Higgins sanciona al alcalde de Chimbarongo por infracción al principio de probidad administrativa

El fallo, impone una suspensión de un mes con goce del 50% de la remuneración al jefe comunal, por haber intervenido en actos donde mantenía un interés personal.

RANCAGUA, REGIÓN DE O’HIGGINS – El Tribunal Electoral Regional (TER) de O’Higgins dictó sentencia en la causa Rol N° 5.259-2024, acogiendo parcialmente el requerimiento presentado contra el alcalde de Chimbarongo, Marco Antonio Contreras Jorquera, por vulnerar el principio de probidad administrativa.

La resolución, publicada el 4 de noviembre de 2025, establece la suspensión del alcalde por el plazo de un mes, manteniendo el 50% de su remuneración durante dicho período, quedando inhabilitado para ejercer las funciones propias del cargo mientras dure la sanción. El fallo indica que la medida se hará efectiva una vez que la sentencia quede ejecutoriada.

Fundamentos del fallo

El tribunal determinó que el jefe comunal intervino en actos administrativos en los cuales poseía interés personal, específicamente en los Decretos Alcaldicios N° 888 de 2021 y N° 1.429 de 2022, en contravención al artículo 82 letra b) de la Ley N° 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales) y al artículo 52 de la Ley N° 18.575 (Ley de Bases Generales de la Administración del Estado).

En su análisis, el TER concluyó que el alcalde no se abstuvo de participar en decisiones municipales vinculadas a una persona con la que mantenía un vínculo personal, lo que constituyó una infracción a la normativa sobre conflicto de interés y deber de abstención aplicable a las autoridades públicas.

Disidencia y medidas complementarias

En la sentencia, la ministra integrante Bernarda Soto Farías formuló prevención, considerando que los antecedentes presentaban mayor gravedad que la estimada por la mayoría, proponiendo que la suspensión fuera de dos meses en lugar de uno, al estimar que la actuación del alcalde representó un conflicto de interés evidente.

Asimismo, el tribunal ordenó oficiar al Concejo Municipal de Chimbarongo, al Secretario Municipal y a la Contraloría General de la República para efectos de control y cumplimiento administrativo una vez que el fallo adquiera firmeza.

La sentencia puede ser apelada ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) dentro de los plazos establecidos por ley.

 

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