El proceso judicial falló a favor de la Municipalidad de Curicó, considerando extemporánea la demanda de la empresa PE&GE S.A. Quien durante el tiempo que estuvo a cargo incurrió en diversas irregularidades causando molestia en la comunidad.
El Tribunal de Contratación Pública declaró inadmisible la demanda interpuesta por PE & GE S.A contra la Municipalidad de Curicó. La empresa que estuvo a cargo durante unos meses de la recolección de basura interpuso una reclamación ante el Tribunal de Contratación Pública por supuesta ilegalidad en el procedimiento durante la licitación, solicitando así una indemnización cercana a los 97 millones pesos que no fueron acogidos siendo declarada por la entidad judicial como extemporánea, fallando a favor del municipio local.
“Es una empresa que incurrió en una serie de irregularidades que afectaron a la comunidad, esta semana el tribunal acogió la tesis del municipio que declara extemporánea la declaración de PE & GE S.A que pretendía cobrar una indemnización superior a los 97 millones de pesos. Con esta sentencia favorable al departamento jurídico y la municipalidad de Curicó se da por zanjado este tema”, mencionó el Director del Departamento Jurídico, Jorge Reyes.
Cabe recordar, que la licitación se aprobó en el 2012 durante la administración del ex Alcalde Hugo Rey, quien adjudicó sin el quórum que exigía la Ley la labor a la empresa PE & GE. Posteriormente, el mismo municipio anuló el decreto de adjudicación y, por trato directo, adjudicó a la misma empresa- PE&GE-.
En 2013 el alcalde Javier Muñoz y el concejo municipal pusieron término a este contrato producto de la mala evaluación y descontento en la comunidad, donde la ciudad reclamó: malas condiciones de los camiones, derrame de líquidos percolados y muchos sectores a los cuales no se les hacía retiro de sus residuos domiciliarios. Quedando así a cargo de la función la empresa “Dimensión S.A” hasta la actualidad, ejerciendo su labor con una renovada flota de camiones, personal y vehículos realizando este importe servicio.