Este martes, la Comisión de Constitución del Senado retomó la discusión del proyecto de ley que busca reformar el régimen de sociedad conyugal en Chile, una iniciativa que permanece en trámite desde hace 14 años y que apunta a eliminar la administración exclusiva del marido sobre los bienes comunes del matrimonio, dotando de igualdad de derechos patrimoniales a ambos cónyuges.
La propuesta legislativa contempla que, en lugar de mantener la actual figura de administración exclusiva del hombre, los bienes de la sociedad conyugal sean administrados en forma conjunta o indistinta por ambos cónyuges. De esta forma, se busca corregir una discriminación histórica que ha limitado la autonomía económica de las mujeres casadas bajo este régimen.
Según cifras del Registro Civil, un 53,7% de los matrimonios celebrados en la última década en Chile han optado por la sociedad conyugal, lo que equivale a más de 321 mil matrimonios, superando a los 261 mil registrados bajo separación de bienes.
La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, participó en la sesión de la comisión, destacando la urgencia de avanzar hacia un modelo más justo:
“En lo cotidiano vemos cómo las mujeres rurales enfrentan múltiples barreras para acceder a beneficios como la Ley de Riego o programas de INDAP, porque deben pedir permiso al marido. Muchas emprendedoras no pueden formalizar empleos o avanzar en procesos de reconstrucción por esta misma razón. Queremos garantizar la igualdad también en la administración de bienes”, indicó.
El proyecto, que surgió de la fusión de dos mociones parlamentarias y un mensaje presidencial presentado en 2011, recibió nuevas indicaciones del Ejecutivo en 2023, lo que permitió reactivar su tramitación. El texto mantiene la sociedad conyugal como régimen por defecto, pero establece un nuevo modelo de administración más equitativo.
Entre sus principales disposiciones, el proyecto contempla:
- Administración conjunta o indistinta de los bienes comunes.
- Firma de ambos cónyuges en decisiones relevantes como la venta de inmuebles.
- Derogación del artículo 150 del Código Civil sobre patrimonio reservado de la mujer casada.
- Reconocimiento del inmueble adquirido por subsidio habitacional como bien familiar, presumiéndose en favor de la mujer en matrimonios heterosexuales o del adquirente en matrimonios del mismo sexo.
- Asimismo, el texto establece que los cónyuges, sea cual sea el régimen patrimonial, podrán afectar el inmueble familiar por mutuo acuerdo mediante escritura pública o resolución judicial.
¿Qué cambia con esta reforma?
- Actualmente, bajo el régimen de sociedad conyugal, las mujeres requieren la autorización de su cónyuge para realizar trámites como solicitar créditos, recibir herencias, emprender o acceder a beneficios estatales, debido a que el marido tiene la administración legal de los bienes comunes.
- Con la reforma propuesta, las mujeres podrán actuar por sí mismas en estos asuntos, sin necesidad de autorización, ganando autonomía para gestionar su patrimonio y avanzar en igualdad de condiciones.
El avance de esta iniciativa marca un paso importante en la modernización del derecho civil chileno y la promoción de la equidad de género en el ámbito patrimonial y familiar.