La medida regirá durante 24 horas en las 17 comunas de la zona saturada e incluye restricciones al uso de calefactores a leña y recomendaciones para actividades físicas.
RANCAGUA, REGIÓN DE O’HIGGINS – Las autoridades decretaron Alerta Ambiental para este sábado 30 de mayo en las 17 comunas del valle central de la Región de O’Higgins, debido a las condiciones de ventilación desfavorables que podrían afectar la calidad del aire durante la jornada.
La medida tendrá una vigencia de 24 horas y contempla una serie de restricciones destinadas a disminuir las emisiones contaminantes y proteger la salud de la población, especialmente de niños, adultos mayores y personas con enfermedades respiratorias o cardiovasculares.
Entre las principales disposiciones se encuentra la prohibición del funcionamiento de calefactores a leña de uso domiciliario, tanto certificados como no certificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), además de cocinas a leña.
La normativa establece que únicamente podrán utilizarse calefactores a pellet certificados por la SEC, mientras que la fiscalización de esta medida estará a cargo de la Seremi de Salud de O’Higgins.
Asimismo, se mantiene la prohibición de operar calderas a leña o carbón, salvo aquellas que acrediten emisiones inferiores a 30 mg/m³N de material particulado, restricción que también será supervisada por la autoridad sanitaria.
Recomendaciones para establecimientos educacionales
La Seremi de Educación informó que, durante episodios de Alerta Ambiental, los establecimientos educacionales deberán realizar actividades físicas y deportivas de intensidad moderada, preferentemente en recintos cerrados, evitando esfuerzos prolongados o de alta exigencia para toda la comunidad escolar de la zona saturada.
No obstante, las actividades correspondientes al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se desarrollarán con normalidad.
Actividad física y deporte
Por su parte, la Seremi del Deporte y el Instituto Nacional de Deportes (IND) señalaron que las actividades deportivas deberán efectuarse con intensidad moderada y bajo resguardo de las condiciones ambientales, privilegiando espacios cerrados y evitando ejercicios intensos de larga duración.
Las actividades vinculadas al programa Promesas Chile y al Sistema Nacional de Competencias Deportivas también se ejecutarán normalmente.
Las autoridades reiteraron el llamado a respetar las medidas preventivas para contribuir a mejorar la calidad del aire y reducir los riesgos para la salud de la población durante este episodio de contaminación atmosférica.
Ante eventuales incumplimientos relacionados con el uso de calefactores prohibidos, la ciudadanía puede realizar denuncias a través del teléfono de la Seremi de Salud de O’Higgins: +56 9 8903 6974.

Restricciones Permanentes
Las autoridades reiteraron el llamado a la comunidad a adoptar medidas preventivas para disminuir la contaminación atmosférica y reducir la exposición a altos niveles de material particulado durante los meses de otoño e invierno.
Entre las principales recomendaciones se encuentra privilegiar el uso de calefactores menos contaminantes, utilizar siempre leña seca con menos de un 25% de humedad adquirida en comercios establecidos y realizar mantención periódica a los sistemas de calefacción de acuerdo con las indicaciones del fabricante.
Asimismo, se recomienda preferir el transporte público o compartir vehículos particulares para contribuir a disminuir las emisiones contaminantes.
El período de Gestión de Episodios Críticos (GEC) en el Valle Central de la región de O’Higgins se extiende entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de cada año, período en el que se intensifican las medidas de prevención y control de contaminación atmosférica.
Dentro de las restricciones permanentes vigentes, se prohíbe en el área urbana de Rancagua y Machalí (Zona A) el uso de calderas de calefacción, calefactores a leña —con o sin certificación SEC— y cocinas a leña.
En el resto de la zona saturada (Zona B), correspondiente a sectores urbanos de las demás comunas incluidas en el plan, se prohíbe el uso de salamandras, artefactos hechizos y cocinas a leña.
Asimismo, en estas mismas comunas se prohíbe el uso de calderas de calefacción domiciliaria a leña y calefactores que no cumplan con la normativa D.S. 39/2011 o que no cuenten con certificación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).
También se mantiene la prohibición del uso de chimeneas de hogar abierto y de calefactores a leña en establecimientos comerciales, oficinas, edificios públicos, establecimientos educacionales y centros de salud.
En paralelo, está prohibida la quema de neumáticos y otros elementos contaminantes durante todo el año, además de la quema libre de hojas secas y residuos tanto en recintos públicos como privados.
Las restricciones también consideran prohibición de quemas agrícolas de rastrojos y vegetación en las provincias de Cachapoal y Colchagua, conforme a los períodos establecidos por el Plan de Descontaminación Atmosférica.
Estas medidas se aplican en las 17 comunas del Valle Central de O’Higgins:
- Graneros,
- Rancagua,
- Doñihue,
- Olivar,
- Coltauco,
- Coinco,
- Quinta de Tilcoco,
- San Vicente de Tagua Tagua,
- Placilla,
- Mostazal,
- Codegua,
- Machalí,
- Malloa,
- Rengo,
- Requínoa,
- San Fernando,
- y Chimbarongo.
La condición diaria de calidad del aire es determinada mediante el sistema de pronóstico de contaminación atmosférica elaborado por el Ministerio del Medio Ambiente, el cual considera datos de estaciones de monitoreo y antecedentes meteorológicos proporcionados por la Dirección Meteorológica de Chile.
Con estos antecedentes, la Seremi del Medio Ambiente informa diariamente la evolución de la ventilación y calidad del aire a la Delegación Regional, organismo encargado de declarar episodios críticos cuando las condiciones ambientales así lo requieran.
Fuente: Ministerio del Medio Ambiente - AireChile.cl






