Funcionarios del sector público podrán recibir hasta $91.682, mientras que para pensionados el beneficio contempla un monto base de $25.280. En el sector privado, en tanto, el pago del aguinaldo no constituye una obligación legal general.
CHILE – A pocas semanas de las celebraciones de septiembre, trabajadores y pensionados podrán acceder al Aguinaldo de Fiestas Patrias 2026, beneficio cuyos montos y requisitos varían dependiendo de la situación laboral o previsional de cada persona. Para los funcionarios públicos, la cifra llegará hasta los $91.682, mientras que los pensionados que cumplan las condiciones establecidas recibirán $25.280 como monto base.
En el caso del sector público, la Ley 21.806 estableció dos tramos para este año, determinados a partir de la remuneración líquida correspondiente a agosto de 2026.
Quienes perciban una remuneración líquida igual o inferior a $1.060.493 recibirán $91.682. Por su parte, los funcionarios que superen dicho límite accederán a un aguinaldo de $63.645.
Para establecer el tramo correspondiente, la normativa considera las remuneraciones permanentes de agosto, descontando impuestos y cotizaciones previsionales obligatorias. En el cálculo se excluyen determinadas bonificaciones, asignaciones y bonos relacionados con el desempeño individual, colectivo o institucional.
El beneficio será entregado durante septiembre de 2026, aunque la normativa no establece un único día de depósito para todos los funcionarios, por lo que su entrega estará vinculada al calendario de remuneraciones correspondiente.
Podrán acceder al aguinaldo los trabajadores del sector público incluidos en la Ley 21.806 que cumplan los requisitos establecidos, entre ellos funcionarios de planta y a contrata que se desempeñen en las instituciones contempladas por la legislación al 31 de agosto de 2026.
Pensionados recibirán $25.280 como monto base
Distinto es el beneficio establecido para los pensionados. Durante septiembre, quienes cumplan las condiciones recibirán automáticamente un aguinaldo de $25.280, cifra que podrá incrementarse en $12.969 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto de 2026.
El dinero se incorpora al pago de la pensión correspondiente a septiembre y no es tributable ni imponible, por lo que no está afecto a descuentos por impuestos ni cotizaciones previsionales o de salud.
Entre quienes pueden acceder se encuentran pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), Pensión Básica Solidaria de Invalidez y Subsidio de Discapacidad, además de pensionados de ex cajas de previsión, Instituto de Seguridad Laboral, mutualidades, Dipreca, Capredena y beneficiarios de pensiones de reparación, entre otros casos establecidos.
También pueden recibirlo pensionados de AFP o compañías de seguros que sean beneficiarios de la PGU, Aporte Previsional Solidario o pensiones mínimas con Garantía Estatal, siempre que cumplan las condiciones correspondientes al 31 de agosto de 2026.
Una persona que reciba más de una pensión, subsidio o indemnización solo tendrá derecho a un aguinaldo.
¿Qué ocurre con los trabajadores del sector privado?
Para quienes trabajan en el sector privado, el escenario es diferente, debido a que el empleador no está obligado por ley, como regla general, a entregar un Aguinaldo de Fiestas Patrias.
Sin embargo, el pago puede transformarse en un derecho exigible cuando se encuentra establecido en el contrato individual de trabajo o en un contrato o convenio colectivo..





