POLICIAL

Corte de Rancagua confirma condenas por secuestro agravado y asociación criminal

Tribunal de alzada rechaza recursos de nulidad y mantiene penas efectivas contra ocho condenados en caso ocurrido en Santa Cruz

RANCAGUA, CHILE – La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó los recursos de nulidad presentados por las defensas de ocho acusados, confirmando de manera íntegra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. Los imputados habían sido condenados por su participación en un secuestro consumado registrado en noviembre de 2023 en la ciudad y comuna de Santa Cruz.

La resolución mantiene las penas de 13 años de presidio efectivo para Néstor José Mojica López, Leonardo José Vásquez Yzaguirre, Bryan Wladimir Sánchez Muñoz, Ángelo Antonio Cerdeño Chacón, Danyerson Cipriano Carreño Díaz, Jorkenidy Alberto Torres Marchan, Horlang Yohendry Weffer y Thiany Norvelis Díaz Martínez, todos declarados coautores del delito de secuestro.

El fallo también ratifica las condenas de 3 años y un día por asociación criminal para los ocho involucrados, además de 3 años y un día por tenencia ilegal de arma de fuego prohibida y municiones para Mojica López, Vásquez Yzaguirre y Sánchez Muñoz.

En su análisis, la Corte descartó que existiera infracción a la ley en la sentencia impugnada. El tribunal abordó el argumento de las defensas, quienes solicitaron la aplicación del artículo 142 bis del Código Penal, relativo a la rebaja de pena cuando la víctima es devuelta luego de cumplir condiciones del rescate. El fallo señala que:

“Los recurrentes indican que se encuentra establecido que la víctima fue devuelta libre de todo daño (…) y que se pagó la mitad del rescate solicitado. Sin embargo, el beneficio de rebaja de pena es facultativo y, al haberse extendido la angustia y sufrimiento de la víctima y su familia, no parece prudente proceder a la rebaja antes indicada”.

La resolución añade que las defensas, más que cuestionar la valoración jurídica, buscan reexaminar la ponderación probatoria hecha por el tribunal, lo cual excede los márgenes del recurso de nulidad. En este sentido, el dictamen precisa que los argumentos de los abogados pretenden transformar el recurso “en un verdadero recurso de apelación”, motivo por el cual la Corte determinó su rechazo.

Finalmente, el tribunal resolvió que:

“Se rechazan, sin costas, los recursos de nulidad deducidos por todos los defensores (…) y, en consecuencia, la sentencia no es nula”.

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